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Alguien me saca de dudas por favor???????

 
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Robertico


Registrado: 02 Feb 2007
Mensajes: 5
MensajePublicado: Vie Feb 02, 2007 12:53 pm    Título del mensaje: Alguien me saca de dudas por favor??????? Responder citando


Primero que nada,mil gracias a todos los que hacen posible la integracion de nuestras cultura.

Les comento mi caso y espero tener alguna luz en el.

Soy cubano,me case en mi pais (en el consulado español en la Habana)con una española,en Febrero 2005,me vine para españa en Septiembre 2005,al llegar comenze mis correspondientes tramites para mi Tarjeta de identificasion o NIE,que seria la correspondiente a la de Reunificasion Familiar.
Mientras se realizan los tramites para el otorgamiento de dicha Tarjeta,me otorgan un poder,en el cual se refleja un numero de NIE y dice textualmente....dicho ciudadano no supondra obstaculo alguno a la permanencia provicional de los interesados en españa,ni al desarrollo de sus actividades.(Entre otras cosas mas).
Con este documento,comenze mis labores(Oct-2005) y por consiguiente,mi alta en la seguridad social.
Lo cual en este trabajo,tuve un tiempo de permanencia de 2 meses(Octubre y Diciembre)

Ya por razones de Relacion de pareja y la imposible convivencia,me retiro a otra provincia,donde me empadrono y comienzo otro trabajo,en el cual llevo en estos momentos ,1 año y 21 dias,con un contrato INDEFINIDO(Fijo)

En Enero del 2007,me llega la sentencia de Divorcio,solicitada de mutuo acuerdo,lo cual ya no me permitiria obtener la residencia por Reunificasion Familiar.A esta fecha y por razones antes mencionadas,nunca obtuve la Tarjeta de residencia,siempre ,con mi resguardo para todo.Que dicho de paso,pague mis tasas para la obtencion del mismo,ya que me fue aprobado,pero no entregado fisicamente.

Hoy me he presentado ante la Subdelegacion de Govierno y me han dicho textualmente.....Si no posees la tarjeta fisicamente,no podemos canjearla por otro tipo de regimen,por consiguiente,seras otro irregular mas,por lo que no se puede hacer nada.Ademas,desde este momento,deverias dejar de trabajar,por estar de forma irregular.Unica solucion a esto????,que esperes los 3 años de convivencia aqui en españa(Irregular,claro)o te cases nuevamente...........

En estos momentos,mantengo una relacion con una española de 1 año y algo mas,la misma esta embarazada y tendremos un bebe dentro de unas semana,tenemos un piso adquirido y algunos vienes en comun.

Despues de todo esto y pensar muchas cosas.Mi pregunta es.........

Solo existen estas dos obciones ,cuando tengo mas de 1año cotizado a la seguridad social..???

Solo existen estas dos obciones,cuando tengo o tuve(Ya divorciado pierdo todo derecho) una tarjeta de residente comunitario APROBADA(NO otorgada fisicamente)por entidades competentes....????

Espero encontrar alguna solucion a mi problema y dentro de lo que puedan sacarme de dudas a mis interrogantes,y ver si es que estoy equivocado.
Muchas gracias por su lectura,espero atentamente una respuesta.
Gracias.
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Robertico


Registrado: 02 Feb 2007
Mensajes: 5
MensajePublicado: Dom Feb 11, 2007 12:19 pm    Título del mensaje: Responder citando

Me han explicado esto,alguien me lo asegura por fa..???

En tu misma situación, lo ordinario es solicitar el cambio de régimen: es decir, pasar de la situación de familiar de residente comunitario a la de residencia y trabajo del régimen general de extranjería, lo que hay que solicitar antes de que pasen tres meses desde que la sentencia de divorcio es firme (pues es a partir de este momento cuando tu estancia pasaría a considerarse irregular). O sea, que aún estás a tiempo de pedirlo.

La cuestión es ¿hubo alguna negligencia por tu parte a la hora de no obtener la tarjeta? si no es así, si has realizado los trámites necesarios para obtener tu tarjeta de familiar de residente comunitario y ésta aún no te ha sido entregada, hasta el punto de que te ha dado tiempo entretanto a romper tu relación y divorciarte, entiendo que no se te puede responsabilizar a tí de la ineficacia de la Administración con la irreparable consecuencia de no poder solicitar el cambio de régimen. Se pongan como se pongan. Especialmente si te han dado una resolución reconociendo tu condición tu derecho a residir como familiar de español, como pareces dar a entender.

Quizá deberías plantearte ponerlo en manos de un abogado y, si hace falta, llevarlo a los tribunales (aunque sinceramente espero que no tengas qeu llegar tan lejos)
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tintinmaine


Registrado: 15 Ene 2007
Mensajes: 31
MensajePublicado: Dom Feb 11, 2007 10:13 pm    Título del mensaje: Responder citando

SI TIENES RESOLUCIÓN FAVORABLE CONCEDIENDO LA RESIDENCIA DE FAMILIAR DE COMUNITARIO, ANQUE NO TENGAS LA TARJETA, ESO NO QUIERE DECIR QUE NO PUEDAS MODIFICARLA A RESIDENCIA Y TRABAJO TAL COMO TE HAN EXPLICADO.

UN SUSPENSO AL FUNCIONARIO QUE TE DIJO QUE NO PUEDES.

BUSCATE UN ABOGADO QUE DEFIENDA TUS DERECHOS.

SUERTE.
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Robertico


Registrado: 02 Feb 2007
Mensajes: 5
MensajePublicado: Lun Feb 12, 2007 7:48 am    Título del mensaje: Responder citando

tintinmaine:

Si,si la tengo,yo creo que s,a veces son tantas leyes que se confunden ellos mismo.
Bueno,muchas gracias y estas respuestas son las que dan animo a seguir adelante,en esta semana presento mis papeles,es decir ,mi solicitud de residencia y trabajo y ya estare por aqui comentandoles nuevamente.

Muchisimas gracias a todos y mucha suerte.
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Robertico


Registrado: 02 Feb 2007
Mensajes: 5
MensajePublicado: Sab Mar 03, 2007 9:36 pm    Título del mensaje: Responder citando

AQUI ESTOY NUEVAMENTE.
UNA VEZ MAS ME DICEN QUE NO,SEGUN ELLOS DICEN,QUE UNA VEZ PASADO 3 MESES QUE Y NO SE PASA A RECOJER LA RESOLUCION DE APROBADA DEL NIE,SE DESESTIMA.
LO QUE AL NO TENERLO AHORA FISICAMENTE,NO PUEDEN HACER NADA,ES DECIR,EL CAMBIO DE REGIMEN.
POR LO QUE CONTINUO IRREGULAR.

EN ESTOS MOMENTOS MI HIJA YA NACIO, ESPEREMOS QUE CON LA NUEVA LEY SE RESUELVA ALGO.
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Robertico


Registrado: 02 Feb 2007
Mensajes: 5
MensajePublicado: Mie May 30, 2007 9:19 pm    Título del mensaje: Responder citando

Hola atodos,por aqui nuevamente.
Pues les cuento que opte por hacerme pareja de hecho con mi pareja,madre de mi bebe,esperando,esperando...me dicen ahora que no la pueden aceptar ya que en mi pais consta que sigo casado,que no se a disuelto el matrimonio en los registros de cuba.

Tiene que ver algo los registros de cuba,cuando españa dicto sentencia firme de divorcio?

Aclaro,me case con una española en una notaria internacional en cuba,reflejado y autorizado luego en el consulado español en la habana.
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