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MensajePublicado:     Título del mensaje: Sitios de interés

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mariavenezuela


Registrado: 18 Ene 2007
Mensajes: 1
MensajePublicado: Jue Ene 18, 2007 3:26 pm    Título del mensaje: me caso!!! Responder citando

hola!!

creo que voy a estrenar el foro!

me caso en un mes en españa, con mi novio español. yo soy de nacionalidad venezolana.

podré trabajar después de casarme? me ha dicho una amiga que me dan un permiso de trabajo para trabajar por estar casada con un español. es esto cierto??

que alguien me diga algo. por favor. estoy un poco liada!!

gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
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tintinmaine


Registrado: 15 Ene 2007
Mensajes: 31
MensajePublicado: Sab Ene 20, 2007 8:12 am    Título del mensaje: Responder citando

una vez casada podrás trabajar siempre y cuando solicites la autorización de residencia en régiemn comunitario y ésta sea concedida. antes no.
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Andyreds


Registrado: 07 Mar 2007
Mensajes: 2
MensajePublicado: Mie Mar 07, 2007 9:40 am    Título del mensaje: Permiso de Residencia Responder citando

Yo me encuetro en la misma situacion que mariavenezuela, si alguien me pudiera aclarar los trámites que hay que hacer para solicitar la residencia, y donde? Es que es bastante confuso dar con lo correcto puesto que hay una gran variedad de trámites, solicitudes, etc. O será que yo no me entero? Sad Un fuerte abrazo.
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Kelin


Registrado: 14 Mar 2007
Mensajes: 1Ubicación: no
MensajePublicado: Mie Mar 14, 2007 10:55 am    Título del mensaje: Responder citando

[Hola maria soy un paisano que esta en tu misma situacion y segun me han informado no es que te dan un permiso para trabajar, es que al casarte con un ciudadano español adquiere por araigo la residencia comunitaria que te permite trabajar en todo el ambito nacional y ademas al año de estar casada puedes solicitar la nacionalidad española. Saludos
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lauriña


Registrado: 12 Feb 2007
Mensajes: 18
MensajePublicado: Mie Mar 14, 2007 3:23 pm    Título del mensaje: Responder citando

pues yo ahora con el nuevo real decreto no lo tengo tan claro ya que una de las modificaciones que han hecho es la desaparición de la tarjeta de residente comunitario, que será sustituida por la obligación de los ciudadanos europeos de dar sus datos en el Registro Central de Extranjeros. asi que pasaria a regimen general por lo que tengo entendido que tendria que irse a su pais a conseguir un visado. Ojo!!! esto es la interpretcion por parte de un abogado del real decreto, hay que esperar a ver lo que dicen y si os casais antes de que entre en vigor (finales de marzo) solicitar el someterse alantiguo reglamento.

Lo que quiero decir es que lo consulteis bien. Y ya de paso me lo haceis saber jajajaj a ver si es de otra manera y me voy a estar preocupando por lo que no debo ya que me encuentro en una situacion familiar solo que yo soy la española y mi pareja el de fuera.

Salud amigos y por un mundo en el que podamos escojer a quien amar sin fronteras
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El que algo quiere, algo le cuesta.
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riannee


Registrado: 28 Ene 2008
Mensajes: 3
MensajePublicado: Jue Ene 31, 2008 4:51 am    Título del mensaje: re: Responder citando

lauriña escribió:
pues yo ahora con el nuevo real decreto no lo tengo tan claro ya que una de las modificaciones que han hecho es la desaparición de la tarjeta de residente comunitario, que será sustituida por la obligación de los ciudadanos europeos de dar sus datos en el Registro Central de Extranjeros. asi que pasaria a regimen general por lo que tengo entendido que tendria que irse a su pais a conseguir un visado. Ojo!!! esto es la interpretcion por parte de un abogado del real decreto, hay que esperar a ver lo que dicen y si os casais antes de que entre en vigor (finales de marzo) solicitar el someterse alantiguo reglamento.

Lo que quiero decir es que lo consulteis bien. Y ya de paso me lo haceis saber jajajaj a ver si es de otra manera y me voy a estar preocupando por lo que no debo ya que me encuentro en una situacion familiar solo que yo soy la española y mi pareja el de fuera.

Salud amigos y por un mundo en el que podamos escojer a quien amar sin fronteras


esto es absolutamente interesante. Gracias por compartir el Info. esto realmente una ayuda
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CRIS


Registrado: 30 Ene 2008
Mensajes: 3
MensajePublicado: Jue Ene 31, 2008 6:14 pm    Título del mensaje: Responder citando

ENHORABUENA MARIA, POR TU BODA!
Y sí, si te casas con español tienes derecho a un permiso de trabajo y residencia comunitario, por 5 años, pero recuerda que tienes que solicitarlo, desde el día siguiente a tu boda (aunque....creo que preferirás disfrutar antes de la luna de miel, jajaja)

Un saludo
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fetuccini


Registrado: 30 Abr 2008
Mensajes: 8Ubicación: barcelona
MensajePublicado: Mie Abr 30, 2008 2:42 pm    Título del mensaje: MATRIMONIO y trabajo no es facil Responder citando

hola soy venezolano recien casado con española el 28 de marzo de 2008 y me encuentro en depresion ya que no puedo trabajar si alguien no me hace una oferta de trabajo.. Tengo una abogado que lleva mi caso y me recomienda introducir los papeles en extrangeria una vez que tenga una oferta de trabajo para poder hacerlo de lo contrario solo me saldra la recidencia... imaginence ahora dependo de mi esposa y tenemos una niña y todos los gatos del piso ella solo gana 1000 euros y yo no puedo trabajar...si alguien sabe si esto es cierto y hay otra manera legal de trabajar porfa dejenme un mensajito es urgente....
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administrador


Registrado: 10 Ene 2007
Mensajes: 60
MensajePublicado: Jue May 01, 2008 7:06 am    Título del mensaje: matrimonio y trabajo Responder citando

Amigo, si que puedes trabajar. la autorización de residencia en régimen comunitario permite la realziación de actividades por cuenta ajena y propia en igualdad de condiciones que un español.

no será necesario meter más papeles. una vez tengas tu residencia comunitaria, podrías ser contratado. ok???
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fetuccini


Registrado: 30 Abr 2008
Mensajes: 8Ubicación: barcelona
MensajePublicado: Vie May 02, 2008 7:06 am    Título del mensaje: mas preguntas de matrimonio Responder citando

ok gracias por tu pronta respuesta... pero tengo otra pregunta

debo dirigirme a extrangeria y solicitar la cita con todos los documentos q me piden ok eso lo entiendo... lo que no entiendo es que tipo de documento debo solicitar para poder trabajar y si es hobligatorio la oferta de empleo gracias-....
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